martes, 22 de noviembre de 2011

EJEMPLO DE PROCEDIMIENTO INSTITUCIONAL DOCUMENTADO PARA EL USO Y MANEJO DE LA  HISTORIA CLÍNICA 

INSTITUCION
XXXXXXXXXXXXXXXXX
DOCUMENTO
PROCEDIMIENTO INSTITUCIONAL PARA EL USO Y MANEJO DE LA  HISTORIA CLÍNICA
FECHA DE ELABORACIÓN:
DD/MM/AAAA
FECHA DE ACTUALIZACIÓN:
DD/MM/AAAA





  1. Definición.

la Historia Clínica es el documento privado de tipo técnico, clínico y legal, de OBLIGATORIO diligenciamiento y sometido a reserva, donde se registran los datos del prestador de servicios de salud y del paciente, así como la información sobre las condiciones somática, psíquica, social, cultural, económica y medioambiental que inciden o que pueden incidir en la salud del paciente; contiene los datos de identificación del paciente, la información relacionada con su condición o situación clínica, sus antecedentes personales y familiares, (patológicos, quirúrgicos, farmacológicos y terapéuticos), los hallazgos clínicos, diagnósticos, pronósticos,  el proceso evolutivo de su condición clínica, los planes de tratamiento propuestos, los tratamientos realizados, los controles pertinentes, el proceso de rehabilitación y la recuperación de la salud oral; juicios clínicos, documentos relacionados, descripción de procedimientos, informaciones generales pertinentes, información relacionada con el consentimiento informado, documento de consentimiento del paciente, declaración de retiro voluntario del tratamiento; también puede incluir y contener, fotografías, videos, diagramas y diseños de estudios odontológicos (incluido el odontograma), placas y estudios radiológicos o de imágenes diagnósticas, resultados y/o registros de exámenes clínicos y paraclínicos que sean pertinentes para el conocimiento, evaluación, estudio, análisis, tratamiento, recuperación, seguimiento y rehabilitación del paciente, orientado al manejo de su salud oral.

La Historia Clínica  es un documento que se inicia con la valoración del paciente por primera vez, registra la evolución cronológica de la atención en salud oral del paciente y se va construyendo a través del tiempo en la medida que se van documentando los aspectos de la relación odontólogo-paciente.

La Historia clínica , se constituye en el documento clave y consustancial de la atención en salud, en este caso referida a la atención odontológica general y especializada y representa el documento básico y principal del sistema de información de la institución.


  1. Normatividad Vigente

La Historia Clínica se encuentra sustentada y reglamentada en la normatividad vigente y elaborada de acuerdo con los parámetros generales previstos en la misma, con los contenidos mínimos requeridos y con los demás adicionales que son pertinentes y de utilidad para la atención de salud oral .

La normatividad de referencia es la Resolución Nº 1995 de 1999, por la cual se establecen normas para el manejo de la Historia Clínica.

  1. directivas internas sobre la Historia Clínica

        Historia Clínica Única: En cumplimiento de la normatividad vigente,  se adoptan los formatos establecidos en este protocolo como la HISTORIA CLÍNICA ÚNICA que se utilizará para la atención de los pacientes por parte de todos y cada uno de los profesionales de la institución.
        Obligatoriedad de la apertura de Historia Clínica: A todo paciente atendido por primera vez en   se le realizará el proceso de apertura de Historia Clínica.
        Obligatoriedad del registro: “Los profesionales, técnicos y auxiliares que intervienen directamente en la atención a un usuario, tienen la obligación de registrar sus observaciones, conceptos, decisiones y resultados de las acciones en salud desarrolladas” con ocasión de la prestación de los servicios de salud oral . Para cada una de las atenciones realizadas a los pacientes debe registrarse en la historia clínica las acciones realizadas, los hallazgos, las observaciones, las recomendaciones y todas las circunstancias relacionadas con la prestación de los servicios, registrando la fecha y la hora de la atención.
        Calidad de los registros en la Historia Clínica: “La Historia Clínica debe diligenciarse en forma clara, legible, sin tachones, enmendaduras, intercalaciones, sin dejar espacios en blanco y sin utilizar siglas. Cada anotación debe llevar la fecha y hora en la que se realiza, con el nombre completo y firma del autor de la misma”.
        Custodia de la Historia Clínica: Aunque en este Protocolo se establecen los flujos y manejos de entrada y salida de la Historia Clínica del archivo y las personas responsables de los mismos, debido al carácter confidencial y de reserva de la Historia Clínica, todo el personal asistencial y administrativo de la institución relacionado con el manejo y trafico de la Historia Clínica debe velar por su custodia y conservación.

  1. Características de la Historia Clínica

En coincidencia con la normatividad vigente, se establece que las características básicas de la Historia Clínica son:
Integralidad: Que consiste en que la historia clínica de un paciente reunirá la información concerniente a los aspectos científicos, técnicos y administrativos de la atención en salud oral en las fases de fomento, promoción, prevención específica, diagnóstico, tratamiento, recuperación y rehabilitación de la salud oral, considerando al paciente integralmente y en sus relaciones con los ámbitos biológicos, psicológico y social, e interrelaciones con sus dimensiones personal, familiar y comunitaria.
Secuencialidad: Los registros de la prestación de los servicios en salud deben consignarse en la secuencia cronológica en que ocurrió la atención.
Racionalidad científica: Es la aplicación de criterios científicos en el diligenciamiento y registro de las acciones en salud brindadas al paciente de modo que evidencie en forma lógica, clara y completa, el procedimiento que se realizó en la investigación de sus condiciones de salud, diagnóstico y plan de manejo.
Disponibilidad: Es la posibilidad de utilizar la historia clínica en el momento en que se necesita, con las limitaciones que impone la Ley.
Oportunidad: Es el diligenciamiento de los registros de atención de la historia clínica, simultánea o inmediatamente después de que ocurre la prestación del servicio.

  1. Componentes de la Historia Clínica.

La Historia Clínica , se concibe en dos dimensiones prácticas que son:
·         El documento de Apertura de Historia Clínica de Primera Vez, de donde se registran los datos de identificación del paciente, la anamnesis y la información clínica resultante de la atención de Primera vez, y
·         La Historia Clínica como el expediente que incluye el documento de apertura mencionado arriba y todos los demás documentos de la Historia Clínica.

Son componentes de la historia clínica, la identificación del usuario, los registros específicos y los anexos. Los datos de los componentes de identificación del usuario y de los registros específicos del documento de Apertura de Historia Clínica de Primera Vez de la Historia Clínica  son los siguientes, aquí solamente mencionados debido a que serán descritos en detalle es los numerales 6 y 7 de formatos e instructivos respectivamente:

·         Número de Historia Clínica
·         Fecha y Hora de atención
·         Datos personales del paciente: número y tipo de documento de identidad, fecha de nacimiento, edad, estado civil, dirección, aseguradora, tipo de vinculación, ocupación.
·         Datos del Responsable del paciente: nombre, parentesco, dirección, ciudad, localidad, barrio, teléfono.
·         Datos del Acompañante del paciente: nombre, parentesco, teléfono.
·         Causa de consulta y enfermedad actual
·         Antecedentes personales
·         Antecedentes Familiares
·         Examen Físico: Estomatológico, periodontal, pulpar, tejidos dentarios y oclusión, odontograma.
·         Diagnóstico
·         Pronóstico
·         Plan de tratamiento: Operatoria, endodoncia, periodoncia, ortodoncia, cirugía, prostodoncia.
·         Descripción del Plan de Tratamiento
·         Consentimiento informado (*)
·         Firma y sello del profesional
·         Firma y cédula del paciente

Los componentes de la Historia Clínica como Expediente son:

·                     El documento de Apertura de Historia descrito antes
·                     La hoja de Evolución del tratamiento
·                     El Consentimiento Informado (*)
·                     El Presupuesto
·         Todos los demás documentos y registros clínicos (placas Rx, diseños, exámenes paraclínicos, etc.) que resulten de la valoración clínica odontológica inicial y/o del seguimiento del paciente a través del tiempo.


  1. Formatos de la Historia Clínica.

La historia clínica esta compuesta por tres partes:
Identificación del Usuario
Registros de la Atención.
Anexos.

Cada uno de los formatos mencionados a continuación se anexan al presente documento y forman parte del mismo.

     Historia Clínica (Apertura de Historia Clínica de Primera Vez)
     Evolución del Tratamiento
     Referencia y Contrarreferencia
     Consentimiento Informado
     Presupuesto Odontológico


  1. Diligenciamiento de la Historia Clínica.

Para el diligenciamiento de la Historia Clínica el personal administrativo y los profesionales deben conocer los formatos establecidos  y los instructivos correspondientes a dichos formatos. Para tales efectos, en la recepción y en cada uno de los consultorios existirá una carpeta guía con los formatos en blanco y los instructivos para consulta de los funcionarios correspondientes. El diligenciamiento de la información general de la Historia Clínica, tal como: número de la historia, datos personales del paciente, responsable y acompañante, pueden ser diligenciados por la recepcionista y/o auxiliar de salud oral, mientras que los espacios destinados a la información clínica (desde Causa de Consulta y Enfermedad Actual), solamente deben ser diligenciados por el profesional odontólogo, quien realizaré el interrogatorio y el examen al paciente.

  1. Uso de la Historia Clínica.

La Historia Clínica es un documento confidencial sometido a reserva y, por tanto, su uso se restringe única y exclusivamente al personal asistencial odontológico , y, en aspectos restringidos únicamente al traslado, archivo y procesos de actualización y conservación, al personal administrativo no asistencial quien deberá guardar la misma reserva y confidencialidad de la Historia Clínica que el personal asistencial.  Tales procesos administrativos se refieren en general a: archivo ordenado, registro de entradas y salidas del mismo, foliada de hojas, organización en carpetas, marcación de carpetas, distribución a los consultorios y transporte interno .

  1. Manejo de la Historia Clínica:

“Desde el punto de vista archivístico la historia clínica es un expediente que de manera cronológica debe acumular documentos relativos a la prestación de servicios de salud brindados al usuario”. El manejo aquí descrito se relaciona específicamente con el proceso de archivo y movimiento de la Historia Clínica considerada como expediente
              Archivo de Historias Clínicas. Las hojas, documentos, placas, diseños y demás elementos de las Historias clínicas , serán dispuestas en un fólder con gancho legajador; dicho fólder será marcado en la portada exterior con el numero de la Historia Clínica y el nombre del paciente (Apellidos y Nombres), y archivadas en un mueble de archivo vertical colgante con cerradura con llave. Dicho mueble de archivo estará situado en el área administrativa .
              Registro de salida y entrada de Historias Clínicas. Para el registro de salida y entrada de la Historia Clínica la recepcionista y/o auxiliar de salud oral llevará un formato en el cual se diligencia la actividad realizada y se registra el documento correspondiente. Dicho formato contendrá, como mínimo la siguiente información: Número de orden, Número de la Historia Clínica, fecha de salida; hora de salida; destino de salida (consultorio y profesional); firma del profesional que recibe la Historia; fecha de devolución; hora de devolución; firma de la auxiliar-recepcionista que recibe la Historia devuelta; chequeo de archivado en sitio del archivador. Este diligenciamiento es obligatorio y las planillas se conservan en un fólder con legajador en el mismo archivador de las Historias Clínicas.
              Foliación de Historias Clínicas. Las Historias Clínicas serán foliadas con números arábigos consecutivos comenzando por la primera hoja diligenciada y continuando en orden secuencial cronológico con las hojas subsiguientes.
              Registro General de Historias Clínicas. Para asegurar y organizar la información básica sobre los pacientes, registrada en la Historia Clínica, la entidad llevará un listado de las Historias Clínicas de los pacientes atendidos que incluirá: Fecha de atención de primera vez, número de Historia Clínica y apellidos y nombres del paciente. Esta misma información se transcribirá progresivamente en una base de datos sistematizada (Excel) con el objeto de hacerla mas expedita  .

  1. Anexos específicos de la Historia Clínica.

Los anexos específicos de la Historia Clínica  que constituyen el expediente básico de la Historia, son: el formato de Historia Clínica de apertura de primera vez; el formato de evolución del tratamiento; el formato de Consentimiento Informado y el formato de Presupuesto Odontológico.

Fecha de elaboración
DD/MM/AAAA
Fecha de aprobación
DD/MM/AAAA
Fecha de actualización
DD/MM/AAAA
Aprobado por
Nombre del profesional que aprueba

Firma de aprobación:



_________________________________________________________
NOMBRE DE LA INSTITUCIÓN, REPRESENTANTE O PROFESIONAL INDEPENDIENTE
Profesión, especialidad o cargo

COMO DILIGENCIAR UNA HISTORIA CLINICA

BUENAS TARDES  FAVOR CONSULTAR LOS LINK A CONTINUACION , TRATAR DE REALIZAR EN EXCEL EL FORMATOS DEL SEGUNDO LINK  Y REVISAR EL VIDEO



En medicina, la anamnesis es el término médico empleado en los conocimientos y habilidades de la Semiología clínica, para referirse a la información proporcionada por el propio paciente al médico durante una entrevista clínica, con el fin de incorporar dicha información en la historia clínica.

La anamnesis es la reunión de datos subjetivos, relativos a un paciente, que comprenden antecedentes familiares y personales, signos y síntomas que experimenta en su enfermedad, experiencias y, en particular, recuerdos, que se usan para analizar su situación clínica. Es un historial médico que puede proporcionarnos información relevante para diagnosticar posibles enfermedades.
Además de la anamnesis, el médico puede recabar información mediante otros métodos, como la exploración física o examen físico, y análisis clínico. Teniendo en claro el permiso del paciente.



http://www.coodan.org/ccc/ISO-006%20Instr.%20para%20el%20diligenciamiento%20de%20%20HC%20Coodan.pdf

http://tomatetumedicina.files.wordpress.com/2010/12/h-clc3adnica-formato-rc3a1pido3.pdf

CASOS DE ANALISIS REGIMEN CONTRIBUTIVO Y SUBSIDIADO

El señor Pedro Pérez ingreso el día  8 de junio del 2011 a la empresa LA ECONOMICA S.A
Esta empresa le comento  que por costumbre y por facilidad en los tramites debería estar afiliado a  la EPS  COOMEVA,  aduciendo que los servicios en salud eran iguales en todas las EPS ya que el  trabajador no entra a una EPS específicamente  sino al sistema de seguridad social en salud  
El sr Pérez ingreso en la categoría de  Cotizante y en el momento de relacionar los beneficiaros , le dicen que solo puede ingresar a la esposa y los hijos menores de  18 años, pero este trabajador tiene 2 hijos uno que estudia bachillerato y  otra  hija de 19 años que cursa 2 semestre de  Administración de Empresas  además que  su madre no recibe pensión de sobreviviente  
La empresa además le comentó que debería de pasar 26 semanas de periodo de carencia para solicitar atención con un medico especialista a pesar de llevar  2 años con SURA y que solo puede consultar por aquellas enfermedades que no tenían preexistencia    

Con relación   este caso   señale las que considere que son verdaderas y cuales falsas

1 El trabajador esta en libre escogencia de su EPS (  )
2 No importa la EPS lo importante es estar afiliado( )
3  si hay cambio de EPS el usuario   pierde su tiempo de cotización   ( )
4 Puede afiliar a un tercero pagando una UPC ( )
5 Los hijos entre 18 y 25 años pueden ser beneficiarios si certifican estudios superiores con intensidad horaria  ( )
6 Preexistencia son enfermedades contraídas después  de su afiliación a la EPS  ( )

 
CASO SOBRE REGIMEN SUBSIDIADO

La Sra. Esperanza  Álzate vive en comuna 13 ,y tiene 3 hijos y es cabeza de familia , sin embargo la Sra. estaba vinculada con una empresa como operaria,    pero hubo recorte de personal y se quedó sin trabajo  y    por lo tanto solicitó ante la alcadia encuesta del SISBEN para  su vinculación al régimen subsidiado ; pero le comentan que no es posible por que ella siempre ha cotizado a régimen contributivo, además le dicen que solo puede afiliarse si su  situación socioeconómica es  de escasos recursos y de población vulnerable    además de tener un costo el formulario  
En su grupo familiar se encuentra un recién nacido , que requiere tratamiento inmediato por que el Niño tiene síntomas asmáticos        y que debe probar primero su situación socioeconómica para ser atendido

Con relación a este caso contéstelas las siguientes preguntas    

1 Cualquier persona puede solicitar la encuesta del SISBEN  (  )
2 solo están autorizadas las  gobernaciones   para aplicar la encuesta del SISBEN ( )
3 Los recién nacidos tiene prioridad en la atención asi como Menores desvinculados del conflicto armado, los indígenas y los de La población del área rural por lo que se ubican en el nivel 1,2, 3 de la encuesta del SISBEN ( )
4  La encuesta del  SISBEN  tiene un  costo de acuerdo a su condición económica    ( )

martes, 15 de noviembre de 2011

TALLER REGIMEN SUBSIDIADO

o   QUE ES EL SISBEN Y CUAL ES SU OBJETIVO Y EXPLIQUE  SI ES UNA AFILIACION  

o   QUE ES EL  REGIMEN SUBSIDIADO

o   COMO PUEDO ACCEDER A LA ENCUESTA DEL SISBEN

o   DESCRIBA EL CONCEPTO DE LISTADO CENSAL

o   QUE ENTIDADES  REALIZAN EL PROCESO DE SELECCIÓN DE POTENCIALES AFILIADOS AL REGIMEN SUBSIDIADO

o   QUIENES TIENE PRIORIDAD EN PERTENECER AL REGIMEN SUBSIDIADO Y QUIENES ELABORAN ESTAS LISTAS

o   A QUIENES PUEDO AFILIAR AL REGIMEN SUBSIDIADO

o   QUIENES NO TIENEN DERECHO  A LOS SUBSIDIOS DE SALUD  DEL REGIMEN SUBSIDIADO    

o   DEFINA UNA  ARS  (ADIMINISTRADORA DEL REGIMEN SUBSIDIADO) Y COMO ME PUEDO AFILIAR A UNA ARS

o   CUANDO Y COMO ME PUEDO CAMBIAR DE UNA ARS

o   QUE INFORMACION ME DEBE SUMINISTRAR MI ARS

o   CUALES SON LOS DEBERES Y DERECHOS COMO AFILIADO A UNA ARS  

o   HAGA UNA CORTA DEFINICION DE   POS S (PLAN OBLIGATORIO SALUD DEL REGIMEN SUBSIDIADO) Y QUE SERVICIOS ME  BRINDAN

o   COMO OBTENGO INFORMACION DE LOS MEDICAMENTOS  A QUE TENGO DERECHO AL REGIMEN SUBSIDIADO EN SALUD 

o   COMO SE OBTIENEN LOS SERVICIOS DEL POSS Y COMO CONOZCO LAS IPS CONTRATADAS

o   COMO SE UTILIZAN LOS SERVICIOS  DEL POS-S

o   DEFINA EL CONCEPTO DE  REFERENCIA Y CONTRAREFERENCIA

o  QUE SON COPAGOS , CUOTAS MODERADORAS, Y DE  CUOTAS DE RECUPERACION Y EXPLIQUE SI LAS CUOTAS MODERADORAS SE APLICAN EN EL REGIMEN SUBSIDIADO

o   COMO SE FIJA  EL VALOR DEL COPAGO EN EL REGIMEN SUBSIDIADO Y CUALES SERVICIOS ESTAN EXENTOS

o   QUE SON SUBSIDIOS PARCIALES Y TOTALES EN SALUD

o   LAS PERSONAS QUE NO ESTAN AFILIADAS AL REGIMEN SUBSIDIADO COMO OBTIENEN LOS SERVICIOS DE SALUD  Y ESTAN EN CONDICIONES DE POBREZA

o   QUE SUCEDE CON LO QUE NO ESTA CUBIERTO POR EL POSS

o   COMO  SE GENERAN LOS CUPOS   

o   QUE ES LA HISTORIA CLINICA

o   COMO Y DONDE  SE GUARDAN LAS HISTORIAS CLINICAS

o   DEFINA ARCHIVO DE GESTION , CENTRAL E HISTORICO Y CUAL ES EL TIEMPO DE PERMANENCIA DE LA H.C

o   EN QUE CASOS NO SE DILIGENCIA LA HISTORIA CLINICA



PRESENTACION REGIMEN SUBSIDIADO

Regimen Subsidiado en Colombia

REGIMEN SUBSIDIADO EN SALUD

 
El régimen subsidiado de la Salud se encuentra definido en el artículo 211 de la ley 100 de 1993, como “un conjunto de normas que rigen la vinculación de los individuos al sistema general de seguridad social en salud, cuando tal vinculación se hace a través del pago de una cotización subsidiada, total o parcialmente, con recursos fiscales o de solidaridad “.
 
Por consiguiente, este régimen se orienta a garantizar este derecho a la población más vulnerable de la sociedad y sin capacidad de pago, quienes se vinculan al sistema general de seguridad social en salud, a través del pago de una unidad de pago por capitación subsidiada -UPC-S.
 
Los objetivos de este régimen se describen en el artículo 212, en los siguientes términos:
 
“ART. 212.—Creación del régimen. Créase el régimen subsidiado que tendrá como propósito financiar la atención en salud a las personas pobres y vulnerables y sus grupos familiares que no tienen capacidad de cotizar. La forma y las condiciones de operación de este régimen serán determinadas por el consejo nacional de seguridad social en salud. Este régimen de subsidios será complementario del sistema de salud definido por la Ley 10 de 1990”.
 
Los criterios de identificación de la población beneficiaria de este sistema subsidiado han sido definidos por el CNSSS, el cual, a su vez, se ha encargado de ajustar los mecanismos de afiliación para garantizar la viabilidad y de estabilidad de la operación del mismo.
 
Sobre las características generales de este régimen, la Corte Constitucional, en sentencia C-828//01, manifestó:
 
“El régimen subsidiado por su parte, es un conjunto de normas que rigen la vinculación de los individuos al Sistema General de Seguridad Social en Salud, cuando tal vinculación se hace a través del pago de una cotización subsidiada, total o parcialmente, con recursos fiscales o de solidaridad de que trata la ley 100 de 1993.
 
Su propósito fundamental es financiar la atención en salud a las personas pobres y vulnerables y sus grupos familiares que no tienen capacidad de cotizar. La forma y las condiciones de operación de este régimen serán determinadas por el Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud.
 
Los afiliados al Sistema mediante el régimen subsidiado son las personas sin capacidad de pago para cubrir el monto total de la cotización. Será subsidiada en el Sistema General de Seguridad Social en Salud la población más pobre y vulnerable del país en las áreas rural y urbana, teniendo especial importancia dentro de este grupo, personas como las madres durante el embarazo, parto y postparto y período de lactancia, las madres comunitarias, las mujeres cabeza de familia, los niños menores de un año, los menores en situación irregular, los enfermos de Hansen, las personas mayores de 65 años, los discapacitados, entre otros.
 
El carácter del subsidio que podrá ser una proporción variable de la Unidad de Pago por Capitación se establecerá según la capacidad económica de las personas, medida en función de sus ingresos, nivel educativo, tamaño de la familia y la situación sanitaria y geográfica de su vivienda. Las personas que cumplan con los criterios fijados por el Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud como posibles beneficiarios del régimen de subsidios se inscribirán ante la Dirección de Salud correspondiente, la cual calificará su condición de beneficiario del subsidio
 
La administración del régimen subsidiado corresponde a las direcciones locales, distritales o departamentales de salud, las cuales suscribirán contratos de administración del subsidio con las Entidades Promotoras de Salud que afilien a los beneficiarios del subsidio. Estos contratos se financiarán con recursos del Fondo de Solidaridad y Garantía y los recursos del subsector oficial de salud que se destinen para el efecto. Las EPS que afilien a los beneficiarios del régimen subsidiado prestarán, directa o indirectamente, los servicios contenidos en el POS ”.

SUBSIDIOS PARCIALES Y TOTALES EN SALUD  

Subsidios Totales: Las personas que acceden al esquema de subsidios totales tendrán derecho a recibir el conjunto básico de servicios de atención en salud establecidos en el Plan Obligatorio de Salud del Régimen Subsidiado POS-S.

Subsidios Parciales: Las personas que accedan al esquema de subsidios parciales tendrán derecho a recibir los siguientes beneficios del POS-S: Atención integral de enfermedades de alto costo, atención integral en traumatología y ortopedia, incluida la rehabilitación física necesaria en estos casos, atención integral del embarazo, parto y puerperio, y sus complicaciones, atención integral al menor de un año, los medicamentos que sean formulados como parte de las atenciones señalada anteriormente.

El Acuerdo establece que, para la asignación de los cupos adicionales disponibles, teniendo en cuenta los recursos municipales, las alcaldías deberán elaborar una lista de potenciales afiliados.

Ésta deberá estar incluir a población perteneciente a los niveles 1 y 2 del índice Sisben, “teniendo en cuenta el siguiente orden: 1. Población del área rural; 2. Población indígena; 3. Población urbana. En cada uno de los grupos de población se priorizarán los potenciales afiliados así: 1.Mujeres en estado de embarazo y niños menores de cinco años; 2. Población con limitaciones
físicas, síquicas y sensoriales; 3. Población de la tercera edad; 4. Mujeres cabeza de familia; 5. Demás población pobre y vulnerable.” Con base en esta agrupación la selección se llevará a caboteniendo en cuenta el ordenamiento provisto por el puntaje del índice Sisben, hasta que los cupos
vacantes sean provistos.




miércoles, 2 de noviembre de 2011

FECHA Y TEMAS PROXIMO EXAMEN

11 DE NOVIEMBRE EXAMEN


ESTRATEGIAS PARA MEJORAR LA COMUNICACIÓN COMO PREGUNTAR Y ESCUCHAR DE MANERA EFECTIVA
TECNOLOGIA BIOMEDICA
NORMAS DE PARTICIPACION
ESTRATEGIAS DE FIDELIZACION DEL CLIENTE
LA GERENCIA DEL SERVICIO


FECHA DE SOCIALIZACION NOVIEMBRE 10